1. Vigilar que se cumpla la normativa sobre planeamiento y urbanismo, sobre uso de la tierra y ordenación urbanística en el territorio de cantón, impidiendo u reprimiendo conductas y juzgar los actos relativos a la ejecución de obras públicas o privadas que se realicen sin aprobación, ordenar el retiro de propagandas, y la demolición de edificios que atenten a dicha normativa.
2. Impedir a través de los medios de la ley, le franquea, todo tipo de construcciones sobre la calle, plazas, puentes, playas, terrenos fiscales y demás lugares de propiedad nacional, conforme lo dispone el articulo 615 del Código Civil y 161, literal i) de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, si no cuenta con autorización municipal.
3. Controlar que la construcción de todo edificio se sujete a las ordenanzas y reglamentos municipales, de conformidad con los artículos 617 del código civil y 161 literal j) de la Ley Orgánica de Régimen Municipal.
4. Vigilar que el uso y goce por parte de los particulares de calle, plazas, puentes, y caminos públicos, en ríos, balneario naturales, lagos, esteros y lagunas y generalmente todos los bienes nacionales de uso publico, se efectúan de conformidad con las ordenanzas locales que sobre la materia se promulguen y que compete a la Municipalidad expedir dicha normativa de conformidad con el articulo 146, literal j).
5. Vigilar todo tipo de construcciones de edificios, la clase de los materiales a emplearse, el ornato, el aseo e higiene de las mismas y que las construcciones cuenten con planos aprobados, y suspender las que no cuentan con estos requisitos e imponer las sanciones que correspondan según la ley y las ordenanzas a los contraventores.
6. Supervisar la estabilidad de los etilos vetustos y conminar a la demolición de los mismos en caso de ser necesario.
7. Autorizar el uso de la vía pública con materiales para la construcción previo el pago de los derechos que corresponde a la Municipalidad.
8. Determinar la existencia de solares no construidos contando con los servicios para el efecto y notificar a la Jefatura de Avaluos y Catastros para que imponga las sanciones y recargos tributarios que contempla la ley.
9. Exigir a los dueños de construcciones la limpieza inmediata de escombros depositados en la vía o en lugares de uso público y si no lo hicieren en el termino concedido, proceder a la limpieza con, personal contratado por la Municipalidad y notificar a la Jefatura de Rentas o a la dependencia que corresponda para dichos valores se cobren al dueño del predio mas un cincuenta por ciento de recargo.
10. En general, exigir de los vecinos las tareas de limpieza o adecentamiento que los inmuebles requieran, concediéndoles un plazo para el efecto, y si no lo realizaren proceder con los medios y recursos municipales y trasladar el costo al propietario del inmueble más un cincuenta por ciento de recargo.
11. Controlar la explotación de material pétreo en los sitios autorizados del Municipio, vigilando que tales explosiones se efectúen con apego a las normas, técnicas, impidiendo que se excaven los taludes o riberas que puedan cambiar el curso de los ríos o quebradas que se forme represamientos de agua. Toda explotación de materiales pétreos (piedras, arena y otros materiales de empleo directo en la construcción) en los ríos y sus playas, las quebradas, sus lechos y taludes que no cuenten con la autorización de Concejo, se considera uso indebido de bienes municipales, por lo que el Comisario de Construcciones y Ornato sancionará con arreglo a lo prescrito en el articulo 261 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal.
METAS:
Para cumplir con sus metas, debe coordinar con la Dirección de Planificación y la Comisaría de Turismo Ambiente Higiene y Abastos. Debiendo dispones de la autonomía en cuanto el juzgamiento de las infracciones de las leyes Ordenanzas y en aplicación de la Justicia.
Además el Comisario de Construcciones y Ornato debe cumplir y hacer cumplir las Leyes y Ordenanzas y Reglamentos Municipales, cuidar que se cumplan las disposiciones de la Dirección de Planificación e inspección de Construcciones en lo que se refiere al control de Obras Públicas, utilización de calles en lugares públicos ocupados con material de construcción y otros materiales.
Tiene la responsabilidad de preocuparse por el embellecimiento y control del uso de caminos, calles. Parques, Plazas y más espacios públicos.
Es su responsabilidad velar por el orden urbanístico dentro del territorio del cantón Tena, protegiendo el paisaje y velando por el cumplimento de los proyectos de urbanización y parcelaciones, retirando las propagandas, realizando demoliciones de construcciones que atenten contra dicha normativa.
Vigilar todo tipo de construcciones sobre áreas municipales, fiscales y prohibidas.

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