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El Gobierno Municipal del Cantón Tena, mantiene dos Comisarías,  las mismas que son las siguientes:

  • Comisaría de Turismo Ambiente Higiene y Abastos  
  • Comisaría de Construcciones  y Ornato

COMISARIA DE TURISMO AMBIENTE HIGIENE Y ABASTOS

La Comisaría de Turismo Ambiente Higiene y Abastos es la encargada de  garantizada las condiciones optimas de higiene, salubridad, y el derecho a vivir en un ambiente sano limpio y ordenado y permitir un sistema de abastos adecuado. Además debe vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y las ordenanzas del cantón Tena.

Personal de Comisaría

Nombre del Comisario:
Profesor Rafael Alejandro  Rivadeneyra Vela

Secretaria:
Yuri Ximena Guerrón Cortes

Inspector:
Daniel  Díaz Tacuri

Información Relevante

La Jurisdicción de esta Comisaría tiene competencia dentro de los límites del cantón Tena.

La Comisaría de Turismo Ambiente Higiene  y Abastos, es una unidad de carácter operativo que depende directamente del Señor Alcalde, o su delegado para el efecto, y tiene el nivel del Jefe Departamental.

Tanto esta Comisaría como la de Construcciones y Ornato actúan en forma coordinada cuando la situación o caso específico sea necesario.

Las dos Comisarías tienen total autonomía en cuanto al juzgamiento de las infracciones a las Leyes y Ordenanzas y a la aplicación de Justicia.

Las Comisarías cuentan con la cooperación inmediata y oportuna de la policía Municipal y de ser necesario solicitaran auxilio de la fuerza publica para el pleno cumplimiento de sus funciones especificas, conforme el mandato del articulo 154, literal( j) de la Ley Orgánica de Régimen Municipal.

Funciones Generales de la Comisaría de Turismo Ambiente Higiene y Abastos

1. Cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica de Régimen Municipal, ordenanzas y más disposiciones emanadas por el Gobierno Municipal en lo que respecta a turismo, ambiente, higiene y abastaos en el cantón Tena.

2. Coordinar con otras unidades administrativas para hacer cumplir las leyes y ordenanzas que se expidan con el propósito de mantener la higiene en condiciones óptimas y permitir un sistema de abastos adecuados en el cantón Tena.

3. Ejecutar las resoluciones emanadas directamente del Concejo, dentro de su ámbito de competencia.

4. Participar en la formulación de regulaciones sobre higiene y salubridad para su correspondiente sanción.

5. Coordinar con la Dirección de Turismo y Ambiente y demás unidades afines sobre la ejecución de las resoluciones y políticas sobre medio ambiente y turismo.

6. Recibir denuncias y demandas por infracciones cometidas contra las ordenanzas municipales relacionadas con turismo, ambiente, higiene y abastos.

7. Controlar la entrada y salida de artículos de primera necesidad de los centros de abastos.

8. Presentar, periódicamente, informes al concejo en pleno y al Señor Alcalde de todo lo actuado.

9. Instruir al público para que se utilice en forma adecuada el servicio de recolección de basura, de acuerdo a la frecuencia y horario establecido para el efecto.
 
10. Controlar y velar por el expendio de productos de buena calidad en los centros de abastos del cantón en especial tratándose de alimentos y bebidas.

11. Clausurar locales y establecimientos que infringen la Ley Orgánica de Régimen Municipal, ordenanzas, resoluciones dentro de su competencia y leyes afines. 

4.12. Disponer la detención en de infracción flagrante y ordenar que los infractores sean conducidos ante las autoridades competentes en el termino de veinte y cuatro horas.

13. Mantener  e implementar el control sanitario en las instalaciones y en general, en todos los sitios donde se fabriquen guarden o expendan comestibles o bebidas de cualquier naturaleza; y, en aquellos que constituyan lugares de convivencia o reunión, en especial en establecimientos o actividades comerciales.

14. Controlar la contaminación y degradación del medio ambiente y sancionar las infracciones que se cometen con el comiso de los bienes que hubieren servido para su cometimiento, multas que serán establecidas en las correspondientes ordenanzas, suspensión temporal del permiso de funcionamiento, retiro del permiso de funcionamiento y clausura definitiva del establecimiento comercial o industrial.

15. Ejercer el control de la venta en espacios y vías públicas de obras protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual.

16. Cerciorarse que la ocupación de la vía pública se efectué previo pago de los derechos correspondientes, cuyo valor deberá ser cancelados en las ventanillas de recaudación de la Municipalidad y con el respectivo permiso que otorga la entidad, excepto en lo concerniente a la ocupación de espacios públicos con materiales de construcción, cuyo control se atribuye al Comisario de Construcciones y Ornato.

17.  Controlar el cumplimiento de la Ley de Pesas y Medidas, y proceder a la aferición, sellos y registros de los mismos al menos dos veces al año, y decomisar aquellos que no cumplan con esta normativa y en general imponer las sanciones que establezcan las ordenanzas y leyes respectivas.

4.18. Vigilar que las actividades de comercio se realicen en los lugares establecidos por la Municipalidad.

4.19. Autorizar juegos y espectáculos públicos y reprimir los que están prohibidos.

21.   Sancionar, de conformidad, con la ley, las infracciones configuradas en el artículo 261 de la Ley Orgánica de Régimen Municipalidad, experto cuando se trate de las conductas cuyo juzgamiento se atribuye expresamente al Comisario Municipal de Construcciones y Ornato.
                 
METAS:

La Comisaría de Turismo Ambiente Higiene y Abastos es la encargada de garantizada las condiciones optimas de higiene, salubridad, y el derecho a vivir en un ambiente sano limpio y ordenado y permitir un sistema de abastos adecuado. Además debe vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y las ordenanzas del cantón Tena.

Esta Comisaría además tiene las metas de alcanzar a cumplir con todas las competencias que tiene bajo su responsabilidad.


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COMISARIA DE CONSTRUCCIONES Y ORNATO

La Comisaría de Construcciones y Ornato es la encargada de garantizar el control y vigilancia, para el cumplimiento de las disposiciones legales y las ordenanzas locales sobre construcciones y ornato de la zona urbana de  la ciudad Tena y sus cabeceras cantorales.

La Comisaría de Construcciones y Ornato tiene su Jurisdicción dentro de los límites del Cantón Tena.  El Comisario de Construcciones depende igualmente de la Alcaldía y tiene el grado de Jefe de sección.

Personal de Comisaría de Construcciones

Nombre del Comisario:
Eco. Efraín Moreno Navarrete

Secretaria:
Yuri Ximena Guerrón Cortes

Inspector:
Sr. Lino Orna

Funciones Generales de la Comisaría de Construcciones y Ornato

1. Vigilar que se cumpla la normativa sobre planeamiento y urbanismo, sobre uso de la tierra y ordenación urbanística en el territorio de cantón,  impidiendo u reprimiendo conductas y juzgar los actos relativos a la ejecución de obras públicas o privadas que se realicen sin aprobación,  ordenar  el retiro de propagandas, y la demolición de edificios que  atenten a dicha normativa.

2. Impedir a través de los medios de la ley,  le franquea, todo tipo de construcciones sobre la calle, plazas, puentes, playas, terrenos fiscales y demás lugares de propiedad nacional, conforme lo dispone el articulo 615 del Código Civil y 161, literal i) de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, si no cuenta con autorización municipal.

3. Controlar que la construcción de todo edificio se sujete a las ordenanzas y reglamentos municipales, de conformidad con los artículos 617 del código civil y 161 literal j) de la Ley Orgánica de Régimen Municipal.

4. Vigilar que el uso y goce por parte de los particulares de calle, plazas, puentes, y caminos públicos, en ríos, balneario naturales, lagos, esteros y lagunas y generalmente todos los bienes nacionales de uso publico, se efectúan de conformidad con las ordenanzas locales que sobre la materia se promulguen y que compete a la Municipalidad expedir dicha normativa de conformidad con el articulo 146, literal j).

5. Vigilar todo tipo de construcciones de edificios, la clase de los materiales a emplearse, el ornato, el aseo e higiene de las mismas y que las  construcciones cuenten con planos aprobados, y suspender  las que no   cuentan con estos requisitos e imponer las sanciones que correspondan  según la ley y las ordenanzas a los contraventores.

6. Supervisar la estabilidad de los etilos vetustos y conminar a la demolición de los mismos en caso de ser necesario.

7. Autorizar el uso de la vía pública con materiales para la construcción previo el pago de los derechos que corresponde a la Municipalidad.

8. Determinar la existencia de solares no construidos contando con los servicios para el efecto y notificar a la Jefatura de Avaluos y Catastros para que imponga las sanciones y recargos tributarios que contempla la ley.

9. Exigir a los dueños de construcciones la limpieza inmediata de escombros depositados en la vía o en lugares de uso público y si no lo hicieren en el termino concedido, proceder a la limpieza con, personal contratado por la Municipalidad y notificar a la Jefatura de Rentas o a la dependencia que corresponda para dichos valores se cobren al dueño del predio mas un cincuenta por ciento de recargo.

10. En general, exigir de los vecinos las tareas de limpieza o adecentamiento que los inmuebles requieran, concediéndoles un plazo para el efecto, y si no lo realizaren proceder con los medios y recursos municipales y trasladar el costo al propietario del inmueble más un cincuenta por ciento de recargo.

11. Controlar la explotación de material pétreo  en los sitios autorizados del Municipio, vigilando que tales explosiones se efectúen con apego a las normas, técnicas, impidiendo que se excaven los taludes o riberas que puedan cambiar el curso de los ríos o quebradas que se forme represamientos de agua. Toda explotación de materiales pétreos (piedras, arena y otros materiales de empleo directo en la construcción)  en los ríos y sus playas, las quebradas, sus lechos y taludes que no cuenten con la autorización de Concejo, se considera uso indebido de bienes municipales, por lo que el Comisario de Construcciones y Ornato sancionará con arreglo a lo prescrito en el articulo 261 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal.

METAS:

Para cumplir con sus metas, debe coordinar con la Dirección de Planificación y la Comisaría de Turismo Ambiente Higiene y Abastos. Debiendo dispones de la autonomía en cuanto el juzgamiento de las infracciones de las leyes Ordenanzas y en aplicación de la Justicia.

Además el Comisario de Construcciones y Ornato debe cumplir y hacer cumplir las Leyes y Ordenanzas y Reglamentos Municipales, cuidar que se cumplan las disposiciones  de la Dirección de Planificación e inspección de Construcciones en lo que se refiere al control de Obras Públicas, utilización de calles en lugares públicos ocupados con material de construcción y otros materiales.

Tiene la responsabilidad de preocuparse por el embellecimiento y control del uso de caminos, calles. Parques, Plazas y  más espacios públicos.

Es su responsabilidad velar por el orden urbanístico dentro del territorio del cantón Tena, protegiendo el paisaje y velando por el cumplimento de los proyectos de urbanización y parcelaciones, retirando las propagandas, realizando demoliciones de construcciones que atenten contra dicha normativa.

Vigilar todo tipo de construcciones sobre áreas municipales, fiscales y prohibidas.


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